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Licencias Mineras
LICENCIAS MINERAS

 

    

 

Son las autorizaciones otorgadas por la Dirección General de Minería o el Ministerio de Energía y Minas,  a toda persona individual o jurídica, nacional o extranjera, para realizar  actividades de reconocimiento, exploración o explotación  de productos mineros.

 

Existen tres tipos de licencias mineras: RECONOCIMIENTO, EXPLORACION y EXPLOTACION, las cuales en su proceso de solicitud se identifican  con las siglas: SR, SEXR, SEXT y su respectivo número correlativo, pero al otorgarse cambian a LR, LEXR, LEXT. 

 

  1. LICENCIA DE RECONOCIMIENTO: Confiere al titular,  la  facultad exclusiva de identificar y localizar posibles áreas  para exploración, dentro de sus respectivos limites territoriales, el área  la constituirá un polígono cerrado no menor de 500 ni mayor de 3000 kilómetros cuadrados, delimitado por coordenadas UTM NAD 27, con sus lados orientados en dirección norte-sur y este-oeste. Se otorga por un plazo de seis meses  el cual puede ser prorrogado a solicitud del titular hasta por un periodo adicional de seis meses. 

 

  1. LICENCIA DE EXPLORACION:   Confiere  al titular  la facultad exclusiva de localizar, estudiar, analizar y evaluar los yacimientos para los cuales le haya sido otorgada, dentro de sus respectivos límites territoriales, el área  la constituirá un polígono no mayor de 100 kilómetros cuadrados, delimitado por coordenadas UTM NAD 27 con sus lados orientados en dirección norte-sur y este-oeste.  Se otorga por un plazo de tres años y el cual puede ser prorrogado a solicitud del titular hasta por dos periodos adicionales de dos años cada uno, debiendo reducir el área vigente en un 50% en cada prórroga. 

 

  1. LICENCIA DE EXPLOTACION:   Confiere  al titular  la facultad exclusiva de explotar los yacimientos para los cuales le haya sido otorgada, dentro de sus respectivos limites territoriales, el área  la constituirá un polígono no mayor de 20 kilómetros cuadrados, delimitado por coordenadas UTM NAD 27 con sus lados orientados en dirección norte-sur y este-oeste.  Se otorga hasta  por un plazo de veinticinco  años   el cual puede ser prorrogado a solicitud del titular hasta por un periodo igual.