Protección y Seguridad Radiológica
Protección y Seguridad Radiológica
AUTORIDAD REGULADORA NACIONAL EN PROTECCIÓN Y SEGURIDAD RADIOLÓGICA
Las actividades de Protección y Seguridad Radiológica, forman parte de las funciones y la estructura orgánica interna de la Dirección General de Energía (DGE), según el Acuerdo Ministerial No. 178-2006 del 25 de octubre de 2006 emitido de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Acuerdo Gubernativo 382-2006 que contiene el Reglamento Interno del Ministerio de Energía y Minas.
El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR) es el soporte técnico dela Autoridad ReguladoraNacional, DGE en materia de Radiaciones Ionizantes, para controlar, supervisar, fiscalizar y establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben observarse en las actividades relacionadas con el uso de radioisótopos y las radiaciones ionizantes en sus diversos campos de aplicación, a fin de proteger la salud, los bienes y el medio ambiente de los habitantes de la república, así como los bienes del Estado de acuerdo al Decreto Ley 11-86.

Autorización mediante Licencia de Protección Radiológica
Es un proceso utilizado para regular las fuentes, equipos y las prácticas de alto, mediano y bajo riesgo radiológico tales como:
- Aplicaciones médicas
- Radiografía industrial
- Irradiadores industriales;
- Medidores nucleares de alta actividad;
- Fuentes radiactivas no selladas;
- Almacenamiento de fuentes o desechos radiactivos y su disposición
- Distribución, Venta y Transferencia.
- Importación y Exportación
- Construcción de Instalaciones.
El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica tiene las funciones de control, fiscalización y supervisión sobre el buen uso y aplicación de sustancias radiactivas, fuentes y equipos generadores de radiaciones ionizantes, con fines médicos, industriales, veterinarios, agrícolas o con fines de enseñanza, capacitación e investigación, para prevenir la sobre exposición a radiaciones, así como ejercer control regulador sobre la metrología de radiaciones ionizantes y la gestión segura de los desechos radiactivos, en todo el territorio nacional en beneficio de la protección y seguridad radiológica de la población guatemalteca.
El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica tiene a su cargo las funciones y atribuciones siguientes:
- Elaborar y proponer reglamentos, normas, protocolos y formularios de solicitudes de Licencias y otros documentos para el mejoramiento de las actividades que involucran el uso de radiaciones ionizantes. Además de ellos, las respectivas modificaciones de éstas para su aprobación.
- Fiscalizar, supervisar y controlar las instalaciones que operen equipos generadores de radiaciones ionizantes y utilicen materiales radiactivos.
- Fiscalizar, supervisar, controlar y verificar la adecuada disposición final de los desechos radiactivos generadores por las instituciones, en las distintas actividades que involucren la utilización de materiales radiactivos.
- Fiscalizar, supervisar, controlar y verificar la calibración de equipos para monitoreo de radiaciones ionizantes, en áreas de trabajo con fines de protección radiológica.
- Ejercer el control y supervisión de la protección y seguridad radiológica en las áreas medica, industrial y ambiental.
- Fiscalizar, controlar, supervisar y verificar la importación, exportación y transporte seguro del material radiactivo y equipos generadores de radiaciones ionizantes en el país.
- Establecer los mecanismos para evitar el trasiego ilícito de materiales radiactivos y nucleares.
- Establecer los mecanismos de seguridad física de las instalaciones que operan y/o manipulan materiales radiactivos en el país.
- Realizar inspecciones en instalaciones donde se utilicen radiaciones ionizantes, para evaluar las condiciones de seguridad de las fuentes radiactivas y/o equipos generadores de radiaciones ionizantes, así como la protección radiológica del paciente, personal ocupacionalmente expuesto y público en general.
Licencias de Protección Radiológica emitidas en período 2007-2011
Durante el período de 2007 a2011 se han extendieron un total de 3,093 licencias de protección y seguridad radiológica como producto del control regulador a instalaciones y personal ocupacional expuesto, con el fin de minimizar los riesgos de sobre exposición a la radiación, así como la seguridad de las fuentes y equipos, protección radiológica de personal ocupacionalmente expuesto, diseño de salas, blindajes de paredes y puertas, control dosimétrico a los trabajadores, capacitación en protección radiológica de técnicos y médicos, control sobre construcción de recintos tipo bunker, importación de fuentes radiactivas y radioisótopos, transporte seguro de fuentes y control de desechos radiactivos.
Se ha ejercido el Control sobre la operación segura de equipo hospitalario e industrial, sin que se haya producido a la fecha ningún accidente radiológico que lamentar en las áreas siguientes:
- Radiología diagnóstica: rayos X, tomografía y mamografía.
- Radioterapia: Aceleradores Lineales, fuentes de Iridio-192 de alta tasa de dosis, fuentes de cobalto y cesio.
- Industria: medidores de nivel, irradiadores industriales, densímetros nucleares, portales de escaneo industrial, radiografía industrial y otros.
Inspección y Licenciamiento de Instalaciones que usan radiaciones Ionizantes.
El Departamento de protección y Seguridad Radiológica ejerce el control sobre las
Instalaciones y las prácticas que involucran el uso de radiaciones ionizantes mediante la
Herramienta legal de la inspección y el respectivo licenciamiento, dando prioridad a:
- Riesgo asociado a los equipos o fuentes de radiación ionizante que se manipulan en la práctica.
- La complejidad en el manejo de los equipos o de las fuentes de radiación ionizante involucradas en la práctica.
- La cantidad de personal técnico directa o indirectamente involucradas en la práctica.
Las posibles consecuencias para la salud de las personas y el ambiente, en el caso de accidentes y exposiciones potenciales según la clasificación de riesgo de la práctica, como por ejemplo:
Aceleradores lineales de uso médico, Braquiterapia, Cobaltoterapia, radiografía industrial clasificadas como prácticas tipo I de mayor riesgo radiológico, Terapia con rayos X, con energía mayor de 200 keV, Rayos X, para diagnóstico médico o Dental Panorámico clasificadas como practicas tipo II, Diagnóstico y tratamiento de enfermedades utilizando radio fármacos. Rayos X para diagnóstico dental clasificado en práctica III, Equipos de análisis o de uso en docencia tipo IV de menor riesgo radiológico.
La DGEtiene la facultad de ejercer Inspección en todas las instalaciones radiactivas en los sectores vecinos a éstas y los inspectores tienen en el desempeño de su labor, la calidad de autoridad y gozan de fe pública administrativa de acuerdo al artículo 13 del Decreto Ley 11-86.
AREAS DE TRABAJO EN PROTECCION RADIOLOGICA
Protección Radiológica a instalaciones que poseen equipos de Rayos X
El riesgo radiológico asociado a la práctica donde se utilizan equipos de rayos X, puede clasificarse en Prácticas de tipo II, III y IV siendo la de mayor riesgo la correspondiente a la radiología intervencionista (Tipo II) ya que éstas prácticas comprenden intervenciones diagnósticas y terapéuticas guiadas por acceso percutáneo, generalmente realizados bajo anestesia local e/o sedación, con utilización de fluoroscopia para localizar la lesión o lugar de tratamiento, monitorear el procedimiento y controlar y documentar la terapia. El paciente debe ser informado de los riesgos de la radiación y los profesionales médicos y técnicos están sujetos a riesgo, de que muchas veces no están concientes.
Control y Fiscalización de Protección Radiológica de Instalaciones con Equipos de Rayos-X para Diagnóstico Médico, Diagnóstico Dental Panorámico Cefalométrico y
Periapical.
Durante el año 2011 se realizaron 103 inspecciones a Hospitales Nacionales, Consultorios y Hospitales del Instituto de Seguridad Social, Hospitales Privados, Sanatorios, Clínicas de Diagnóstico Médico y de Diagnóstico Dental en toda el área metropolitana; así como en los Departamentos del interior de la República, en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Ley 11-86, y su Reglamento de Protección y Seguridad Radiológica, asegurando las medidas de protección radiológica que deben cumplirse para el personal ocupacionalmente expuesto, pacientes y público en general por el uso de equipos de rayos-X para Diagnóstico Médico.
El representante legal de la Instalaciónes responsable, a través del Encargado de Protección Radiológica, de asegurar que los técnicos y profesionales que operan los equipos de rayos X clasificados en la práctica tipo II, estén bajo un sistema de Dosimetría Personal que permita a los mismos conocer la dosis de radiación a la que se expone mensual y anualmente.
También es responsable por proporcionar todos los accesorios de protección radiológica, capacitación y las condiciones físicas seguras las salas, blindajes y barreras protectoras necesarias para minimizar la exposición a la radiación.
Protección Radiológica en Prácticas de Radioterapia
(Fuentes Selladas)
La Radioterapiaes un tratamiento oncológico que utiliza radiaciones ionizantes para eliminar células tumorales, (generalmente cancerosas), en la parte del organismo donde se apliquen (tratamiento local). La radioterapia actúa sobre el tumor, destruyendo las células malignas y así impide que crezcan y se reproduzcan. La selección de la práctica de Radioterapia para cada caso en particular, dependerá del estudio clínico del paciente. Estas prácticas incluyen: Aceleradores Lineales de Uso Médico, Cobaltoterapia y Braquiterapia de alta y Baja Tasa de Dosis. Estas prácticas que se realizan en el país, deben cumplir con requisitos mínimos que cada institución oncológica debe satisfacer, para ser autorizadas y así alcanzar un nivel de calidad adecuado y lograr con ello tratamiento de Calidad alta.
El papel del Departamento de Protección y Seguridad Radiológica en esta práctica médica, es supervisar, controlar y verificar el cumplimiento y la aplicación de cada uno de los requisitos técnicos establecidos enla Leyy Reglamentación Nacional2 en dicha práctica, para velar que la exposición del tejido normal durante las sesiones de radioterapia, se reduzca al valor mas bajo que pueda razonablemente alcanzarse y sea compatible con la administración de la dosis requerida.
Así mismo lleva a cabo todas las acciones que garanticen, que las instalaciones que proporcionan dicho servicio, cumplan con un Programa de Garantía de Calidad en todos los procedimientos que se realizan y minimicen los errores en la planificación de los tratamientos y administración de la dosis a los pacientes. Para poder cumplir con lo arriba escrito, hay un conjunto de requisitos técnicos mínimos que toda instalación que desea proporcionar dicho servicio, debe de cumplir. Dentro de ellos tenemos: personal calificado y capacitado, equipamiento y la aplicación de un Programa de Garantía De Calidad.
Debe contar dentro del personal mínimo, con los servicios de profesionales en los campos de Oncología Radioterapeuta, Física Médica y técnicos de Radioterapia. Teniendo que llevar un proceso de preparación académica, responsabilidad y cualificaciones especiales, teniendo que llevar a cabo un proceso de actualización continua de todo el personal involucrado, debido al alto riesgo que representa esta práctica.
El equipamiento en Radioterapia ha alcanzado en la actualidad niveles de desarrollo avanzado, sin embargo hay un conjunto de elementos que resultan necesarios y con los cuales debe de contar, para poder realizar dicha práctica, tales como: Sistema de localización y simulación, sistemas de planificación de tratamientos, de aceptación y puestas en servicio, accesorios modificadores del haz (cuñas, bloques, etc.), sistemas de posicionamiento y alineamiento del paciente (láser), inmovilización y protección del paciente. Así mismo equipos de dosimetría absoluta (cámaras de ionización y electrómetro) que se utilizan para realizar los controles de calidad.
Toda persona que requiera la autorización para esta práctica, debe tramitar las licencias necesarias, tales como: Importación, Construcción y Operación, cumpliendo con todos los requisitos que se exige, así como la elaboración de un Informe de seguridad, en el que debe describir todas las medidas de protección y seguridad aplicables a las fuentes que utilizará, en especial en lo que se refiere a la selección del emplazamiento, diseño, fabricación, construcción, montaje, puesta en servicio, mantenimiento y clausura. Esta practica esta catalogada dentro de las prácticas de mayor riesgo radiológico e incluyen el uso de aceleradores lineales, cobaltoterapia, y braquiterapia de alta y baja tasa de dosis, terapia superficial e intersticial.
Las medidas de Protección Radiológica asociadas a las prácticas de radioterapia para los tratamientos de tumores mediante radiaciones ionizantes son fiscalizadas mediante inspecciones para verificar el cumplimiento de los procedimientos, condiciones físicas y administrativas que permiten optimizar el uso seguro de las radiaciones.
Protección Radiológica en Medicina Nuclear-(Fuentes no Selladas)
En el caso de las fuentes no selladas, conocidas también como fuentes abiertas, la protección del personal ocupacionalmente expuesto, el paciente, y el público en general, implica una serie de procedimientos específicos, ya que si bien las actividades de los radioisótopos utilizados para tratamiento y diagnostico son relativamente bajas, pero el hecho de que las fuentes sean abiertas conlleva alto riesgo de contaminación interna y externa.
Por lo tanto, los requisitos exigidos a las instalaciones y personal que trabaja con fuentes no selladas, se encuentran establecidos en el reglamento del país, y documentos de soporte técnico elaborados para la optimización de la práctica.
Protección Radiológica en procesos industriales.
La utilización de fuentes selladas de radiación en aplicaciones industriales es una práctica común en todo el mundo. Los usos industriales cubren una gama muy amplia de aplicaciones, entre las que se pueden mencionar: medidores industriales, registros geofísicos, radiografía industrial, gammagrafía industrial e irradiación de productos.
A fin de asegurar un adecuado control de estos usos, a nivel nacional se tiene implementada una infraestructura de control regulatorio de estas fuentes de radiación tanto en uso como en desuso, que incluye una legislación apropiada, un sistema de licenciamiento y fiscalización, control de la importación y exportación de materiales radiactivos, requisitos de almacenamiento temporal, inventario y gestión de las fuentes radiactivas en desuso, aplicable a todas las prácticas.
Todo esto ha permitido que el Departamento de Protección y Seguridad Radiológica por medio de la inspección y fiscalización, ejerza control sobre las 43 empresas que utilizan fuentes radiactivas y verifique la implementación de medidas de vigilancia sobre las fuentes en uso y desuso.
El personal de inspectoría del DPSR, ha establecido el control a las instalaciones para verificar el cumplimiento y aplicación de los requisitos mínimos establecidos por el reglamento nacional, normas y protocolos nacionales, así como la normativa internacional del manejo adecuado de fuentes no selladas.
Promoción y Divulgación de los usos pacíficos de la energía nuclear en Guatemala.
De acuerdo ala Resolución42-2003, emitida porla DGE, se faculta a los titulares de las licencias de operación de las prácticas tipo I, II y III, para que los Encargados de Protección Radiológica de las instalaciones organicen programas de entrenamiento a sus operarios.
En 2011 se autorizaron un total de 42 cursos de Protección Radiológica, dirigidos a capacitar a personal técnico y personal profesional que labora con radiaciones ionizantes. Estos cursos se realizaron tanto en el área médica como en el área de industria. Los cursos son impartidos por instituciones y personal altamente capacitado en los temas de Protección y Seguridad Radiológica, con el fin de mejorarla Culturade Seguridad en las diferentes instalaciones que operan con fuentes y/o material radiactivo.
Hasta el año 2003,la DGEera la única institución dedicada a impartir cursos de protección radiológica, mientras que actualmente los titulares de las licencias, son autorizados para capacitar a sus trabajadores y los recursos humanos del DPSR se dirigen principalmente a atender las funciones reguladoras y fiscalizadoras contenidas enla Leyy los reglamentos.
Fiscalización de los Servicios de Dosimetría Personal de las radiaciones ionizantes en Guatemala.
Tanto la Ley para el Control, Uso y Aplicación de los Radioisótopos y Radiaciones Ionizantes como el Reglamento de Seguridad y Protección Radiológica, contemplan la obligatoriedad para que toda instalación que posea y opere equipo generador de radiaciones ionizantes y fuentes radiactivas deba mantener un sistema de dosimetría personal que garantice que no se superen los límites de dosis permitidos para el trabajador ocupacionalmente expuesto.
Hasta el año 2005 en Guatemala solo se contaba con un servicio de dosimetría personal brindado por los laboratorios dela DGE. Apartir del 2006 se concede autorización para que un servicio privado inicie sus actividades, dando como resultado un mayor número de trabajadores con cobertura de control dosimétrico.
El promedio de trabajadores cubiertos por ambos servicios de dosimetría es actualmente de un promedio de 1,300 trabajadores ocupacionalmente expuestos con registro de dosis de exposición en diferentes prácticas que implican el uso de fuentes radiactivas o equipos radiológicos. Este tipo de servicio es controlado por el Departamento de Protección Radiológica mediante la fiscalización de los servicios de Dosimetría Personal.
Ambos servicios son fiscalizados porla DGEa través del Departamento de protección y Seguridad Radiológica, mediante las inspecciones de auditorías para asegurar la calidad en la prestación del servicio, y proporcionando capacitación del personal técnico y profesional con el apoyo de Expertos del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Emergencias Radiológicas
El Departamento de protección radiológica ha elaborado el Plan Nacional de Emergencias Radiactivas PLAN RAD, que proporciona los lineamientos generales para la distribución de funciones entrela DGE, los titulares de las licencias de operación y las Instituciones nacionales relacionadas con las emergencias.
En adición al plan nacional, se exige a los titulares de las licencias de operación de las instalaciones de alto riesgo radiológico que elaboren y presenten antela Autoridad Reguladoralos planes de emergencia para el manejo de las intervenciones dentro de la instalación, fuera de ella y a través de las fronteras nacionales, si procede como en el caso de la radiografía industrial.
Medidas coercitivas
La Dirección Generalde Energía (DGE) en cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 055-2001, que contiene el Reglamento de Seguridad y Protección Radiológica, ha ejercido las medidas coercitivas que están contempladas en para el caso de instalaciones que han violado o incumplido las disposiciones y requisitos para la protección del personal ocupacionalmente expuesto y el público.
Inventario y registro.
El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica cuenta con su respectivo registro
de instalaciones, con datos sobre:
Nombre de la institución (Hospital, Centro Hospitalario, Clínica, Industria, Empresa etc.)
Representante Legal o Titular dela Licenciade Operación (Número de licencia)
Dirección, Teléfono, Fax, E-mail etc.
Para el caso del área de industria se cuenta con la información específica de los equipos que contienen material radiactivo de cada instalación, así como los operadores, EPR y de cada práctica a realizar. El artículo 39 del Decreto Ley 11-86 obliga ala DGEa mantener la confidencialidad de la información, datos, compilaciones y las interpretaciones que le sean proporcionadas por los titulares de las licencias.
Una base general de registro de instalaciones y equipos generadores de radiaciones ionizantes se ha conseguido con la ayuda del Organismo Internacional de Energía Atómica OIEA, conocido en el mundo como Regulatory Authority Information System RAIS, que pretende homologar la información nuclear a nivel de América Latina y el resto del mundo.
Instalaciones con Fuentes y Equipos utilizados en Medicina Nuclear, Radioterapia e industria.
En cuanto al número total de instalaciones que utilizan equipos o fuentes emisores de radiaciones ionizantes, el Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR) cuenta con datos completos en las áreas de Medicina Nuclear, Radioterapia e industria.
Instalaciones con Equipos de Rayos X utilizados en diagnóstico médico.
Ante la falta de un censo nacional sobre el número instalaciones y equipos de radiaciones ionizantes en el país, y con la finalidad de mejorar la calidad en los datos, se ha establecido un intercambio de información con diferentes instituciones gubernamentales relacionadas con el tema de lo cual se ha conseguido el resultado lo siguiente:
Del registro de 1310 instalaciones que utilizan equipos de rayos X, de las cuales 510 corresponden a radiodiagnóstico médico convencional y 800 clínicas de diagnostico dental.
Dentro de estas instalaciones se incluyen Hospitales Nacionales, Privados e IGSS, Clínicas Medicas, Sanatorios, Centros Radiológico, Centros de Salud etc.
Para elaborar este estimado se ha tomando en cuenta datos del Ministerio de Salud Pública, médicos radiólogos colegiados y el inventario del Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR), y el número total de profesionales inscritos en los colegio estomatológico, tomando en cuenta que no todas las clínicas poseen equipos de rayos X dental peri apical o panorámicos.
De este universo de instalaciones se encuentran debidamente registradas y licenciadas 228 instalaciones de diagnóstico médico convencional y 207 instalaciones de diagnóstico médico dental para totalizar 435 instalaciones que usan equipos de rayos X bajo control regulador.
La mayoría de las instalaciones por registrar y licenciar se encuentran en el interior de la república y para cubrir esas áreas es necesario incrementar el número de inspectores, disponibilidad de vehículos, viáticos, equipo de medición y recursos materiales adicionales.
Cobertura de Protección Radiológica en Guatemala.
Como puede observarse en la gráfica siguiente, desde el año 2007 al 2011 se ha experimentado una tendencia constante en la cobertura de protección radiológica, si se le compara con años anteriores a este periodo, derivado de la formación de un número mayor de Oficiales de Protección Radiológica, de la apertura de los Cursos de Protección Radiológica y de la autorización de un nuevo Servicio de Dosimetría Personal.
El personal que labora como inspector oficial ha recibido un entrenamiento especifico en protección y seguridad radiológica previo a realizar su trabajo regulador, después de lo cual, ha pasado por un periodo de un año de preparación práctica en inspecciones a Instalaciones que utilizan radiaciones ionizantes de Guatemala, para finalmente ser nombrados oficialmente porla Dirección Generalde Energía.

La formación de un Inspector Oficial de Protección Radiológica cuenta con conocimientos técnicos o profesionales en las áreas de especialidad en Química, Física, Química Biológica, Medicina o Ingeniería Química, conscientes de los riesgos asociados al uso de las radiaciones.
TRABAJO DE INSPECCION Y LICENCIAMIENTO DE INSTALACIONES CON EQUIPOS O FUENTES RADIACTIVAS.
Programa Anual de Inspección.
El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR) desarrolla el Programa
Anual de Inspecciones, dando prioridad a las instalaciones que representan el mayorriesgo radiológico. Este programa es elaborado por los coordinadores de las áreas de Radioterapia, Rayos X médico, Medicina Nuclear e Industria. Este programa es presentado al jefe financiero y de transporte para asegurar el suministro de los vehículos y los recursos financieros para poder realizar las inspecciones de protección radiológica.
Coordinación de Inspecciones
Los coordinadores de área llevan a cabo la planificación de las inspecciones para lo cual se toman en cuenta aquellas instalaciones que tienen vencida la licencia, instalaciones no licenciadas y la frecuencia de inspección que se aplica para cada instalación dependiendo de el numero de equipos o fuentes radiactivas que esta posee y el riesgo de la práctica.
Como parte de la preparación de la inspección se verifica la calibración de los detectores de radiación, documentación legal y técnica.
Se prepara también la documentación necesaria para distribuir a las instalaciones que no están licenciadas a manera de maximizar los recursos y lograr un número mayor de instituciones reguladas.
Preparación de la Inspección
El Inspector Líder evalúa la documentación que sirve como soporte técnico y legal antes e realizar la inspección. Esta documentación está contenida en el expediente de la instalación presentada por el Representante Legal. El inspector líder es el responsable de conducir la inspección, levantar el acta y elaborar el dictamen técnico de inspección correspondiente.
El Inspector líder se hace acompañar de otro inspector de protección radiológica, quien asiste como aval del inspector líder. Esto se hace siguiendo la recomendación del Organismo Internacional de energía Atómica, como buena práctica para las Autoridades Reguladoras.
Desarrollo de la Inspección Radiológica
Los inspectores son designados por el Departamento de Protección Radiológica (DPSR)
para la realización de la inspección y cuenta con nombramiento oficial otorgado porla DGE.
El personal a cargo de la inspección presenta ante el Representante Legal o Titular dela Licenciade Operación dela Institución el nombramiento respectivo para lo cual porta su identificación oficial, así como la orden de inspección correspondiente. El Inspector Líder solicita la presencia del titular de la licencia y el oficial de protección radiológica y explica cual es el objetivo y alcance de la inspección y la estructura de la misma, procediendo a mostrar el nombramiento que les autoriza para la realización de la misma y solicitar toda la documentación técnica y legal que demuestre que los procedimientos de protección radiológica están siendo observados en prevención de sobre exposiciones al personal ocupacional o del público.
Para esta tarea los Inspectores cuentan con la experiencia, capacitación y entrenamiento para desarrollarse en las áreas que se les asignan, poseyendo un adecuado conocimiento de las leyes, reglamentos, normas y guías aplicables, demostrando conducta serena y juicio objetivo e imparcial.
El Inspector Líder entrevista también al personal que tiene relación con el manejo de los equipos y fuentes radiactivas y escucha atentamente las explicaciones que se derivan de sus cuestionamientos realizados con preguntas cortas, claras y que no pueden contestarse con un sí o un no dado tiempo a que el entrevistado piense y evitar crear distracciones.
Una vez haya obtenido la información documental de la práctica, procede a realizar la evaluación de las medidas de protección radiológica implementadas y anotar las disconformidades tanto administrativas como técnicas y haber evaluado las condiciones de protección radiológica de la instalación y las medidas de seguridad de las fuentes o los equipos generadores de radiación ionizante, se procede a levantar el Acta de Inspección la cual lee en presencia del representante legal y del Encargado de Protección Radiológica de la instalación, procediendo a firmarla.
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Resumen de Licencias para usos de Fuentes y Equipos Utilizados para generar Radiaciones Ionizantes del período 2006-2011 |
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| Año/ Licencias |
2007 |
2008 |
2009 |
2010 |
2011 |
Total Vigentes |
| Operadores |
354 |
463 |
441 |
483 |
360 |
2101 |
| Instalaciones |
95 |
95 |
132 |
118 |
98 |
538 |
| Dist. Venta, Otros. |
113 |
75 |
103 |
77 |
86 |
454 |
| Total por año |
562 |
633 |
676 |
678 |
544 |
3093 |







