Protección y Seguridad Radiológica 

 

Protección y Seguridad Radiológica

AUTORIDAD REGULADORA NACIONAL EN  PROTECCIÓN Y SEGURIDAD RADIOLÓGICA

Las actividades de Protección y Seguridad Radiológica, forman parte de las funciones y la estructura  orgánica interna de la Dirección General de Energía (DGE), según el Acuerdo Ministerial No. 178-2006 del 25 de octubre de 2006 emitido de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Acuerdo Gubernativo 382-2006 que contiene el Reglamento Interno del Ministerio de Energía y Minas.

El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR) es el soporte técnico dela Autoridad ReguladoraNacional, DGE en materia de Radiaciones  Ionizantes,  para controlar,  supervisar, fiscalizar y establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben observarse en las actividades relacionadas con el  uso  de  radioisótopos y  las radiaciones  ionizantes  en  sus diversos campos de aplicación, a fin de proteger la salud, los bienes y el medio ambiente de los habitantes de la república, así como los bienes del Estado de acuerdo al Decreto Ley 11-86.

 

Autorización mediante Licencia de Protección Radiológica

Es un proceso utilizado para regular las fuentes, equipos y las prácticas de alto, mediano y bajo riesgo radiológico tales como:

  • Aplicaciones médicas
  • Radiografía industrial 
  • Irradiadores industriales;
  • Medidores nucleares de alta actividad;
  • Fuentes radiactivas no selladas;
  • Almacenamiento de fuentes o desechos radiactivos y su disposición
  • Distribución, Venta y Transferencia.
  • Importación y Exportación 
  • Construcción de Instalaciones.

El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica tiene las funciones de control, fiscalización y  supervisión sobre el buen uso y aplicación de sustancias radiactivas, fuentes  y equipos generadores de radiaciones ionizantes, con fines médicos, industriales, veterinarios, agrícolas o con  fines  de  enseñanza, capacitación e investigación, para prevenir la sobre exposición a radiaciones, así como ejercer control regulador sobre la  metrología  de  radiaciones ionizantes y la gestión  segura de  los desechos radiactivos, en  todo  el  territorio  nacional en beneficio de la protección y seguridad radiológica de la población guatemalteca.

El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica tiene a su cargo las funciones y atribuciones siguientes:

  1.      Elaborar y proponer reglamentos, normas, protocolos y formularios de solicitudes de  Licencias y  otros  documentos para el mejoramiento de las actividades que involucran  el  uso  de  radiaciones ionizantes. Además de ellos, las respectivas modificaciones de éstas para su aprobación.
  2.   Fiscalizar,  supervisar y  controlar las  instalaciones que operen  equipos generadores de radiaciones ionizantes y utilicen materiales   radiactivos.
  3. Fiscalizar,  supervisar,  controlar y  verificar la  adecuada disposición final de  los desechos radiactivos generadores por las instituciones, en las distintas actividades que involucren la utilización de materiales radiactivos.
  4. Fiscalizar,  supervisar, controlar y verificar la calibración de equipos para monitoreo de radiaciones ionizantes, en áreas de trabajo con fines de protección radiológica.
  5. Ejercer el  control  y  supervisión de  la  protección y seguridad radiológica en las áreas medica, industrial y ambiental.
  6. Fiscalizar,  controlar,  supervisar y  verificar la  importación, exportación y transporte  seguro del material radiactivo y equipos generadores de radiaciones ionizantes en el país.
  7. Establecer los mecanismos para evitar el trasiego ilícito de materiales radiactivos y nucleares.
  8. Establecer los mecanismos de seguridad física de las instalaciones que operan y/o manipulan materiales radiactivos en el país.
  9. Realizar inspecciones en  instalaciones donde se utilicen radiaciones ionizantes, para evaluar las condiciones de seguridad de las fuentes radiactivas y/o equipos generadores de  radiaciones ionizantes, así como la protección radiológica del paciente, personal ocupacionalmente expuesto y público en general.

Licencias de Protección Radiológica emitidas en período 2007-2011

Durante el período de 2007 a2011 se han extendieron un total de 3,093 licencias de protección y seguridad radiológica como producto del control regulador a instalaciones y personal ocupacional expuesto, con el fin de minimizar los riesgos de sobre exposición a la radiación, así como la seguridad de las fuentes y equipos, protección radiológica de  personal ocupacionalmente expuesto, diseño de salas, blindajes de paredes y puertas, control  dosimétrico a los trabajadores, capacitación en protección radiológica de técnicos y  médicos, control sobre construcción de recintos tipo bunker, importación de fuentes radiactivas y radioisótopos, transporte seguro de  fuentes  y  control de  desechos radiactivos.

Se ha ejercido el Control sobre la operación segura de equipo hospitalario e industrial, sin que se haya producido a la fecha ningún accidente radiológico que lamentar en las áreas siguientes:

  1. Radiología diagnóstica: rayos X, tomografía y mamografía.
  2. Radioterapia: Aceleradores Lineales,  fuentes de Iridio-192 de alta tasa de dosis, fuentes de cobalto y cesio.
  3. Industria: medidores de  nivel, irradiadores industriales, densímetros  nucleares, portales de escaneo industrial, radiografía industrial y otros.

Inspección y Licenciamiento de Instalaciones que usan radiaciones Ionizantes.

El Departamento  de  protección y  Seguridad Radiológica  ejerce el  control  sobre las

Instalaciones y las prácticas que involucran el uso de radiaciones ionizantes mediante la

Herramienta legal de la inspección y el respectivo licenciamiento, dando prioridad a:

  1. Riesgo asociado a los equipos o fuentes de radiación ionizante que se manipulan en la práctica.
  2. La  complejidad   en  el  manejo de  los equipos o  de  las fuentes  de  radiación ionizante involucradas en la práctica.
  3. La  cantidad de  personal técnico  directa  o  indirectamente involucradas en  la práctica.

Las posibles  consecuencias para la  salud de  las  personas y  el  ambiente, en  el  caso  de accidentes  y  exposiciones potenciales según la  clasificación de  riesgo  de  la  práctica, como por ejemplo:

Aceleradores lineales de  uso  médico, Braquiterapia, Cobaltoterapia, radiografía industrial clasificadas como prácticas tipo I de mayor riesgo radiológico, Terapia con rayos  X, con energía mayor de 200 keV, Rayos X, para diagnóstico médico o Dental Panorámico clasificadas como practicas tipo II,  Diagnóstico y tratamiento de enfermedades utilizando radio fármacos. Rayos X para diagnóstico dental clasificado en práctica III, Equipos de análisis o de uso en docencia tipo IV de menor riesgo radiológico.

La DGEtiene la facultad de ejercer Inspección en todas las instalaciones radiactivas en los sectores vecinos a  éstas y  los inspectores tienen  en  el  desempeño  de  su  labor,  la calidad de autoridad y gozan de fe pública administrativa de acuerdo al artículo 13 del Decreto Ley 11-86.

AREAS DE TRABAJO EN PROTECCION RADIOLOGICA

Protección Radiológica a instalaciones que poseen equipos de Rayos X

 

El riesgo radiológico asociado a la práctica donde se utilizan equipos de rayos X, puede clasificarse en Prácticas de tipo  II, III y IV siendo la de mayor riesgo  la  correspondiente a  la  radiología intervencionista  (Tipo  II) ya  que éstas prácticas comprenden intervenciones diagnósticas  y  terapéuticas guiadas por acceso percutáneo, generalmente realizados bajo anestesia  local   e/o  sedación, con utilización de  fluoroscopia  para localizar la  lesión o lugar de  tratamiento, monitorear el  procedimiento  y controlar y documentar la terapia. El paciente debe ser informado de los riesgos de la radiación y los profesionales médicos y técnicos están sujetos a riesgo, de que muchas veces no están concientes.

Control y Fiscalización  de Protección  Radiológica de Instalaciones  con  Equipos  de Rayos-X para Diagnóstico Médico,   Diagnóstico Dental Panorámico Cefalométrico y

Periapical.

Durante el año 2011 se realizaron 103 inspecciones a Hospitales Nacionales, Consultorios y  Hospitales del Instituto  de  Seguridad Social, Hospitales Privados, Sanatorios, Clínicas de Diagnóstico Médico y de Diagnóstico Dental en toda el área metropolitana; así como en  los Departamentos del  interior de la  República, en cumplimiento  de  lo  establecido  en  el  Decreto  Ley  11-86, y  su  Reglamento  de  Protección y  Seguridad Radiológica, asegurando  las medidas de  protección radiológica  que deben  cumplirse  para el  personal ocupacionalmente expuesto, pacientes  y  público  en general por el  uso  de  equipos de  rayos-X para Diagnóstico Médico.

El representante legal de la  Instalaciónes  responsable, a    través del  Encargado  de Protección Radiológica,  de  asegurar que los técnicos y  profesionales que operan  los equipos de  rayos X clasificados en  la  práctica  tipo  II, estén  bajo  un  sistema  de Dosimetría Personal que permita a los mismos conocer la dosis de radiación a la que se expone mensual y anualmente.

También es responsable por proporcionar todos los accesorios de protección radiológica, capacitación y las condiciones físicas seguras las salas, blindajes y barreras protectoras necesarias para minimizar la exposición a la radiación.

Protección Radiológica en Prácticas de Radioterapia

(Fuentes Selladas)

La Radioterapiaes un tratamiento oncológico que utiliza radiaciones ionizantes  para eliminar células  tumorales, (generalmente cancerosas),  en  la  parte  del organismo donde se  apliquen (tratamiento  local).  La  radioterapia actúa sobre el tumor, destruyendo las células malignas y así impide que crezcan y se reproduzcan. La  selección de  la  práctica de  Radioterapia  para cada caso  en  particular,  dependerá del estudio  clínico  del paciente.  Estas prácticas  incluyen: Aceleradores Lineales de Uso Médico, Cobaltoterapia y Braquiterapia de alta y Baja Tasa de Dosis.  Estas prácticas que se realizan en el país, deben cumplir con requisitos mínimos que cada  institución oncológica  debe  satisfacer, para ser autorizadas y  así  alcanzar un  nivel  de  calidad adecuado  y  lograr con ello tratamiento de Calidad alta.

El papel del Departamento  de  Protección y  Seguridad Radiológica  en  esta  práctica médica, es  supervisar, controlar y verificar el cumplimiento y la aplicación de cada uno de los requisitos técnicos establecidos enla  Leyy  Reglamentación Nacional2  en dicha práctica, para velar que la  exposición  del tejido  normal durante  las sesiones  de radioterapia, se reduzca al valor mas bajo que pueda razonablemente alcanzarse y sea compatible con la administración de la dosis requerida.

Así  mismo  lleva  a  cabo  todas las acciones que garanticen, que las instalaciones que proporcionan dicho servicio, cumplan con un Programa de Garantía de Calidad en todos los procedimientos que se realizan y minimicen los errores en la planificación de los tratamientos y administración de la dosis a los pacientes. Para poder cumplir con lo arriba escrito, hay un conjunto de requisitos técnicos mínimos que toda  instalación que desea proporcionar dicho  servicio, debe  de  cumplir. Dentro de ellos tenemos: personal calificado y capacitado, equipamiento y la aplicación de un Programa de Garantía De Calidad.

Debe contar dentro del personal mínimo, con los servicios de profesionales en  los campos de  Oncología  Radioterapeuta, Física Médica  y técnicos de Radioterapia. Teniendo que llevar un proceso de preparación académica, responsabilidad y cualificaciones especiales, teniendo  que  llevar a  cabo  un  proceso  de actualización continua  de  todo  el  personal involucrado, debido al alto riesgo que representa esta práctica.

El equipamiento  en  Radioterapia  ha  alcanzado  en  la  actualidad niveles  de  desarrollo avanzado, sin embargo hay un conjunto de elementos que resultan necesarios y con los cuales debe de contar,  para poder realizar dicha  práctica, tales como: Sistema de localización y  simulación, sistemas de  planificación de  tratamientos, de aceptación y puestas en servicio, accesorios modificadores del haz (cuñas, bloques, etc.), sistemas de posicionamiento  y  alineamiento  del paciente (láser), inmovilización y  protección del paciente. Así  mismo  equipos de  dosimetría  absoluta  (cámaras  de  ionización y electrómetro) que se utilizan para realizar los controles de calidad.

Toda  persona  que requiera la  autorización para esta  práctica, debe  tramitar  las licencias necesarias, tales como: Importación, Construcción y  Operación, cumpliendo con todos  los requisitos que se  exige, así  como  la  elaboración de  un  Informe  de seguridad, en  el  que  debe  describir todas las medidas  de  protección y  seguridad aplicables a las fuentes que utilizará, en especial en lo que se refiere a la selección  del emplazamiento, diseño, fabricación, construcción, montaje, puesta en servicio, mantenimiento y clausura. Esta  practica esta  catalogada  dentro de  las prácticas de  mayor riesgo  radiológico  e incluyen  el  uso  de  aceleradores  lineales, cobaltoterapia, y braquiterapia  de alta y baja tasa de dosis, terapia superficial e intersticial.

Las medidas de Protección Radiológica asociadas a  las prácticas de radioterapia para los tratamientos de tumores mediante radiaciones ionizantes son fiscalizadas mediante inspecciones para verificar el  cumplimiento  de  los procedimientos, condiciones físicas  y  administrativas que permiten optimizar el uso seguro de las radiaciones.

Protección Radiológica en Medicina Nuclear-(Fuentes no Selladas)

En el caso de  las fuentes no selladas, conocidas también como fuentes abiertas, la  protección del  personal ocupacionalmente expuesto, el  paciente, y  el público en general, implica una serie de procedimientos específicos, ya que si bien las actividades de los radioisótopos utilizados para tratamiento y diagnostico son relativamente bajas, pero el hecho de que las fuentes sean abiertas conlleva alto riesgo de contaminación interna y externa.

Por lo  tanto, los requisitos exigidos a  las instalaciones y  personal que  trabaja con fuentes no selladas, se encuentran establecidos en el reglamento del país, y documentos de soporte técnico elaborados para la optimización de la práctica.

Protección Radiológica en procesos industriales.

 

La  utilización de  fuentes  selladas de  radiación en aplicaciones industriales es  una  práctica común  en  todo  el mundo. Los usos industriales cubren una gama muy amplia de aplicaciones, entre las que se pueden mencionar: medidores industriales, registros  geofísicos, radiografía  industrial, gammagrafía  industrial  e irradiación de productos.

A fin de asegurar un  adecuado  control de estos usos, a nivel nacional se tiene implementada una infraestructura de control regulatorio de estas fuentes de radiación tanto  en uso como en  desuso, que incluye una legislación apropiada, un sistema de licenciamiento  y  fiscalización, control de la importación y exportación de materiales radiactivos, requisitos de almacenamiento temporal, inventario y gestión de las fuentes radiactivas en desuso, aplicable a todas las prácticas.

Todo esto ha permitido que el Departamento de Protección y Seguridad Radiológica por medio  de  la  inspección y  fiscalización, ejerza  control  sobre las 43  empresas que utilizan  fuentes  radiactivas y  verifique la  implementación de medidas de vigilancia sobre las fuentes en uso y desuso.

El personal de  inspectoría  del DPSR,  ha  establecido  el control a las instalaciones para verificar el cumplimiento y aplicación de los requisitos mínimos establecidos por el  reglamento  nacional, normas y  protocolos nacionales, así como la normativa internacional del manejo adecuado de fuentes no selladas.

Promoción y Divulgación de los usos pacíficos de la energía nuclear en Guatemala.

De acuerdo ala Resolución42-2003, emitida porla DGE, se faculta a los titulares de las licencias de operación de las prácticas tipo I, II y III, para que los Encargados de Protección Radiológica de las instalaciones organicen programas de entrenamiento a sus operarios.

 En  2011 se  autorizaron  un  total de 42 cursos  de Protección  Radiológica, dirigidos a capacitar a  personal técnico  y  personal profesional que  labora con radiaciones ionizantes. Estos cursos  se  realizaron tanto en el  área médica como en  el  área de industria. Los cursos son impartidos por instituciones y personal altamente capacitado en los temas de Protección y Seguridad Radiológica, con el fin de mejorarla Culturade Seguridad en las diferentes instalaciones que operan con fuentes y/o material radiactivo.

Hasta  el  año  2003,la DGEera la única institución dedicada a impartir cursos de protección radiológica, mientras que actualmente los titulares de las licencias, son autorizados para capacitar a sus trabajadores y los recursos humanos del DPSR se dirigen principalmente a atender las funciones reguladoras y fiscalizadoras contenidas enla Leyy los reglamentos.

Fiscalización de los Servicios de Dosimetría Personal de las radiaciones ionizantes en Guatemala.

Tanto la  Ley  para el  Control, Uso  y  Aplicación de  los Radioisótopos y  Radiaciones  Ionizantes  como  el  Reglamento  de  Seguridad  y  Protección Radiológica, contemplan la obligatoriedad  para que  toda  instalación  que  posea  y  opere equipo  generador de radiaciones ionizantes  y  fuentes  radiactivas deba  mantener un  sistema  de  dosimetría personal que garantice  que no  se  superen los límites  de  dosis permitidos para el trabajador ocupacionalmente expuesto.

 Hasta el año 2005 en Guatemala solo se contaba con un servicio de dosimetría personal brindado por los laboratorios dela DGE.  Apartir del 2006 se concede autorización para que un servicio privado inicie sus actividades, dando como resultado un mayor número de trabajadores con cobertura de control dosimétrico.

 El promedio de trabajadores cubiertos por  ambos  servicios de  dosimetría es actualmente de un  promedio de 1,300 trabajadores ocupacionalmente expuestos con registro de dosis de exposición en diferentes prácticas que implican el uso de fuentes radiactivas o equipos radiológicos. Este tipo de servicio es controlado por el Departamento de Protección Radiológica mediante la fiscalización de los servicios de Dosimetría Personal.

 Ambos servicios son fiscalizados porla DGEa través del Departamento de protección y Seguridad Radiológica, mediante las inspecciones de auditorías para asegurar la calidad en  la  prestación del servicio, y  proporcionando capacitación del personal técnico y profesional con el apoyo de Expertos del Organismo Internacional de Energía Atómica.

Emergencias Radiológicas

 El Departamento  de  protección radiológica ha elaborado el Plan Nacional de Emergencias Radiactivas PLAN RAD, que proporciona los lineamientos generales para la distribución de funciones entrela DGE, los titulares de las licencias de operación y las Instituciones nacionales relacionadas con las emergencias.

En adición al plan nacional, se exige a los titulares de las licencias de operación de las instalaciones de alto riesgo radiológico que elaboren y presenten antela Autoridad Reguladoralos planes de emergencia para el manejo de las intervenciones dentro de la instalación, fuera de ella y a través de las fronteras nacionales, si procede como en el caso de la radiografía industrial.

Medidas coercitivas

 La Dirección Generalde Energía (DGE) en cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Gubernativo  055-2001, que contiene el  Reglamento de Seguridad y Protección Radiológica, ha ejercido las medidas coercitivas que están contempladas en para el caso de instalaciones que han violado o incumplido las disposiciones y  requisitos  para la protección del personal ocupacionalmente expuesto y el público.

Inventario y registro.

 El Departamento de Protección y Seguridad Radiológica cuenta con su respectivo registro

de instalaciones, con datos sobre:

Nombre de la institución (Hospital, Centro Hospitalario, Clínica, Industria, Empresa etc.)

Representante Legal o Titular dela Licenciade Operación (Número de licencia)

Dirección, Teléfono, Fax, E-mail etc.

Para el caso del área de industria se cuenta con la información específica de los equipos que contienen material radiactivo de cada instalación, así como los operadores, EPR y de cada práctica a realizar. El artículo 39 del Decreto Ley 11-86 obliga ala DGEa mantener la confidencialidad de la información, datos, compilaciones y las interpretaciones que le sean proporcionadas por los titulares de las licencias.

Una base general de registro de instalaciones y equipos generadores de radiaciones ionizantes  se  ha  conseguido con la ayuda del Organismo Internacional de  Energía Atómica OIEA, conocido en el mundo como Regulatory Authority Information System RAIS, que pretende homologar la  información nuclear a  nivel de América Latina y el resto del mundo.

Instalaciones  con  Fuentes  y Equipos  utilizados  en Medicina Nuclear, Radioterapia  e industria.

En cuanto al número total de instalaciones que utilizan equipos o fuentes emisores de radiaciones ionizantes, el  Departamento  de  Protección y  Seguridad Radiológica  (DPSR) cuenta con datos completos en las áreas de Medicina Nuclear, Radioterapia e industria.

 

Instalaciones con Equipos de Rayos X utilizados en diagnóstico médico.

 Ante la  falta  de  un  censo  nacional sobre el  número  instalaciones y  equipos de radiaciones ionizantes en el país, y con la finalidad de mejorar la calidad en los datos, se  ha  establecido  un  intercambio  de  información con diferentes  instituciones gubernamentales relacionadas con el  tema  de  lo  cual se  ha  conseguido  el  resultado  lo siguiente:

Del  registro de  1310  instalaciones que utilizan  equipos de  rayos X, de las cuales 510 corresponden  a  radiodiagnóstico médico convencional y  800 clínicas de  diagnostico dental.

Dentro de  estas instalaciones se  incluyen  Hospitales Nacionales, Privados e IGSS, Clínicas Medicas, Sanatorios, Centros Radiológico, Centros de Salud etc.

Para elaborar este estimado  se  ha  tomando  en  cuenta  datos del Ministerio  de  Salud Pública, médicos radiólogos colegiados y el inventario del Departamento de Protección y Seguridad Radiológica (DPSR), y el número total de profesionales inscritos en los colegio estomatológico, tomando en cuenta que no todas las clínicas poseen equipos de rayos X dental peri apical o panorámicos.

De este universo de instalaciones se encuentran  debidamente registradas y licenciadas 228 instalaciones de diagnóstico médico convencional y 207 instalaciones de diagnóstico médico dental para totalizar 435 instalaciones que usan equipos de rayos X bajo control  regulador.

La mayoría de las instalaciones por registrar y licenciar se encuentran en el interior de la república y para cubrir esas áreas es necesario incrementar el número de inspectores, disponibilidad de  vehículos, viáticos, equipo de  medición y recursos materiales adicionales.

Cobertura de Protección Radiológica en Guatemala.

 Como puede observarse en la gráfica siguiente, desde el año 2007 al 2011 se ha experimentado una tendencia constante en la cobertura de protección radiológica, si se le compara con años anteriores a este periodo, derivado de la formación de un número  mayor de  Oficiales de  Protección Radiológica, de  la  apertura de  los Cursos de Protección Radiológica y de la autorización de un nuevo Servicio de Dosimetría Personal.

El personal que labora como inspector oficial ha recibido un entrenamiento especifico en protección y seguridad radiológica previo a realizar su trabajo regulador, después de lo cual, ha  pasado  por un  periodo de un año de preparación práctica en  inspecciones a Instalaciones que utilizan radiaciones ionizantes  de  Guatemala, para  finalmente ser nombrados oficialmente porla Dirección Generalde Energía.

 

La  formación de  un  Inspector Oficial de  Protección Radiológica cuenta con conocimientos técnicos o profesionales en las áreas de  especialidad en Química, Física, Química Biológica, Medicina o Ingeniería Química, conscientes de los riesgos asociados al uso de las radiaciones.

TRABAJO DE INSPECCION Y LICENCIAMIENTO DE INSTALACIONES CON EQUIPOS O FUENTES RADIACTIVAS.

Programa Anual de Inspección.

  El Departamento  de  Protección y  Seguridad Radiológica  (DPSR)  desarrolla  el  Programa

Anual de  Inspecciones,  dando  prioridad  a  las  instalaciones que  representan el  mayorriesgo  radiológico. Este  programa  es  elaborado  por los coordinadores de  las áreas  de Radioterapia, Rayos X médico, Medicina Nuclear e Industria. Este programa  es  presentado  al jefe financiero  y  de  transporte  para asegurar el suministro de los vehículos y los recursos financieros para poder realizar las inspecciones de protección radiológica.

Coordinación de Inspecciones

 Los coordinadores de área llevan a cabo la planificación de las inspecciones para lo cual se toman en cuenta aquellas instalaciones que tienen vencida la licencia, instalaciones no  licenciadas y  la  frecuencia  de  inspección que se  aplica para cada  instalación dependiendo de el numero de equipos o fuentes radiactivas que esta posee y el riesgo de la práctica.

Como  parte  de  la  preparación de  la  inspección se  verifica  la  calibración de  los detectores de radiación, documentación legal y técnica.

Se prepara también la documentación necesaria para distribuir a las instalaciones que no están licenciadas a manera de  maximizar los recursos y lograr un  número  mayor de instituciones reguladas.

   

Preparación de la Inspección

 El Inspector Líder evalúa  la  documentación que  sirve como soporte  técnico  y  legal  antes  e  realizar la  inspección. Esta documentación está  contenida  en  el  expediente de  la instalación presentada  por el  Representante Legal.   El inspector líder es  el  responsable de  conducir  la  inspección, levantar el  acta  y  elaborar el  dictamen  técnico  de  inspección correspondiente.

El Inspector líder se  hace acompañar de  otro inspector de protección radiológica, quien asiste como  aval  del inspector líder. Esto se hace siguiendo la recomendación del Organismo Internacional de  energía  Atómica, como  buena  práctica para las Autoridades Reguladoras.

Desarrollo de la Inspección Radiológica

 Los inspectores son designados por el  Departamento  de  Protección Radiológica  (DPSR)

para la realización de la inspección  y cuenta con nombramiento oficial otorgado porla DGE.

El personal a cargo de la inspección presenta ante el Representante Legal o Titular dela Licenciade Operación dela Institución  el nombramiento respectivo para lo cual porta  su identificación oficial, así como la orden de inspección correspondiente. El Inspector Líder solicita la presencia del titular de la licencia  y el oficial de protección radiológica y explica cual es el objetivo y alcance de la inspección y la estructura de la misma, procediendo a mostrar el nombramiento que les autoriza para la realización de la  misma  y  solicitar toda  la  documentación técnica y legal que demuestre que los procedimientos de  protección radiológica  están siendo  observados en prevención de sobre exposiciones al personal ocupacional o del público.

Para esta  tarea los  Inspectores cuentan con la  experiencia, capacitación y entrenamiento  para desarrollarse en  las áreas que se  les asignan, poseyendo un adecuado conocimiento  de  las leyes, reglamentos, normas y guías aplicables, demostrando conducta serena y juicio objetivo e imparcial.

El Inspector Líder entrevista también al personal que tiene relación con el manejo de los equipos y fuentes radiactivas y  escucha atentamente las explicaciones que se derivan de  sus cuestionamientos realizados con preguntas cortas, claras  y  que no  pueden contestarse con un sí o un no dado tiempo  a que el entrevistado piense y evitar crear distracciones.

 Una vez haya obtenido la información documental de la práctica, procede a realizar la evaluación de las medidas de protección radiológica implementadas y anotar las disconformidades tanto administrativas como técnicas y haber evaluado las condiciones de protección radiológica de la instalación y las medidas de seguridad de las fuentes o los equipos  generadores de  radiación ionizante, se  procede a levantar el  Acta de Inspección  la  cual lee en  presencia del representante legal y del Encargado de Protección Radiológica de la instalación, procediendo a firmarla.

Resumen de Licencias para usos de Fuentes y Equipos Utilizados para generar Radiaciones Ionizantes del período 2006-2011

Año/ Licencias

2007

2008

2009

2010

2011

Total Vigentes

Operadores

354

463

441

483

360

2101

Instalaciones

95

95

132

118

98

538

Dist. Venta, Otros.

113

75

103

77

86

454

Total por año

562

633

676

678

544

3093